CÁMARAS DE SEGURIDAD EN LAS COMUNIDADES DE VECINOS
La instalación de cámaras de seguridad en las Comunidades de Vecinos puede, en ocasiones, generar conflictos vecinales por desacuerdos en su uso.
NORMAS ANTES DE INSTALAR CÁMARAS EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
EL CONSENTIMIENTO PARA INSTALAR LAS CÁMARAS EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
El paso previo, antes de proceder a la instalación de las cámaras de vigilancia en una Comunidad de Vecinos será acordar una Junta de Propietarios, donde quede reflejado el acuerdo de los vecinos de tal instalación.
Para que una Comunidad de Vecinos pueda instalar en su Finca un sistema de video-vigilancia se precisa al menos, las 3/5 partes de votos a favor de los propietarios de la Comunidad, según la Ley de Propiedad Horizontal.
INFORMAR SOBRE EL TRATAMIENTO DE LAS IMÁGENES O GRABACIONES OBTENIDAS
La Ley de Protección de Datos cada vez está más exigente y hay que tener especial cuidado para evitar problemas en el futuro, de ahí nace la importancia de informar sobre el tratamiento de las imágenes obtenidas, quién las almacena, durante cuánto tiempo, cuándo se eliminan, etc…
Se recomienda contar con una empresa que gestione el tratamiento de la Protección de Datos y así evitar complicaciones entre vecinos.
OBLIGACIÓN DE INFORMAR SOBRE EL USO DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA
En una Comunidad de Vecinos no sólo es instalar las cámaras y ya está, sino que es obligatorio informar en un lugar visible mediante un cartel informativo que esa propiedad cuenta con sistema de video-vigilancia.
El cartel, que debe ser homologado, deberá mostrar información sobre:
- Está usted accediendo a una zona de video-vigilancia
- Quién es el responsable de la instalación
- Ante quién se puede interponer una queja o ejercer los derechos que prevé la normativa reguladora de Protección de Datos.
- Empresa o persona encargada del tratamiento de los datos obtenidos.
En el caso de que las cámaras se instalen para controlar a empleados de limpieza, conserjes, etc… será necesario contar con unos requisitos especiales antes de su instalación, como la conformidad de haber informado a los empleados.
¿QUÉ PUEDEN GRABAR LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA EN UNA COMUNIDAD DE VECINOS?
Estos sistemas de seguridad sólo podrán captar imágenes de las zonas comunes, nunca de viviendas privadas, imágenes de la vía pública ni terrenos o viviendas colindantes ni de cualquier otro espacio que no pertenezca a la Comunidad de Vecinos.
MÁS SOBRE LA INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD EN UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
El sistema de video-vigilancia se instalará en un lugar vigilado o con acceso restringido, no en lugares públicos.
El acceso a las grabaciones sólo será permitido a la empresa autorizada o persona que se haya designada por la Comunidad y siempre, accediendo mediante un usuario y contraseña.
El plazo máximo de conservación de las imágenes será de 1 mes, salvo casos excepcionales, como delitos o cualquier otro tipo de infracción, en el que el plazo podrá ampliarse para poder entregarlos a la Policía o Fuerzas de Seguridad si así lo requieren.
¿Es legal poner cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos?
Aunque haya vecinos que puedan oponerse a tal instalación de seguridad, el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) informa sobre el derecho y obligaciones de su uso en las Comunidades de Vecinos.
El nuevo RGPD indica claramente que tipo de grabaciones están permitidas y cuales no, así como quien es el encargado de gestionar esas grabaciones.
¿Quién es el responsable de las grabaciones obtenidas?
La gestión de las grabaciones obtenidas puede ser a cargo de la empresa que instala las cámaras de video-vigilancia o bien, por una persona designada responsable en la Comunidad de Propietarios.
En ambos casos, sea quien sea el responsable tendrá que actuar conforme al Reglamento General de Protección de Datos.
¿Se puede acceder a las imágenes de las grabaciones a través de Internet?
En la mayoría de los casos, un alto número de cámaras de seguridad permiten controlar lo que se está grabando desde una conexión a Internet o mediante una app, con la finalidad de que cualquier persona con las claves de acceso pueda ver en tiempo real lo que está ocurriendo.
Así que, prácticamente desde cualquier teléfono móvil u ordenador con conexión a Internet puede controlar las grabaciones, incluso escuchar el audio de lo que está ocurriendo.
Para poder acceder a las grabaciones, la persona que haya sido designada, tiene que estar registrado como usuario con acceso de cara a la Ley de Protección de Datos, no puede ser cualquier persona.
Para cualquier duda o consulta puedes contactar con tu Administrador de Fincas de confianza, Martín de Villodres.